Lo que la ley regula

Lo que la ley regula

lunes, 20 de julio de 2015

Derechos y deberes de los empresarios

Como continuación a la entrada anterior en la que se apuntaban los derechos y deberes laborales básicos de los trabajadores, en ésta vamos a referirnos a los derechos y deberes de los empresarios.

Derechos del empresario

Tradicionalmente se habla de tres principales derechos del empresario: poder de dirección, poder de variación y poder disciplinario.

· Poder de dirección: Es la facultad del empresario para dictar órdenes sobre el modo, tiempo y lugar de ejecución del trabajo, así como sobre la cantidad y calidad del mismo. En principio, y así lo reconoce la jurisprudencia del Tribunal Supremo, las órdenes empresariales se presumen legítimas y el trabajador debe acatarlas y está obligado a obedecerlas. No obstante, si considera que la orden empresarial es ilegítima podrá posteriormente reclamar, aunque de primeras debe obedecer. Existe un límite a este poder de dirección empresarial, no estando obligado el trabajador a obedecer las órdenes empresariales que atenten contra el orden penal, las que supongan violación de sus derechos laborales, aquellas cuyo cumplimiento provoque un riesgo grave para su salud o las órdenes para las cuales el empresario carezca de capacidad al dictarlas.

· Poder de variación: Es la facultad del empresario para variar o transformar la ejecución del trabajo con el fin de adaptar la prestación laboral a los cambios en la cualificación profesional del trabajador debido a la movilidad, funcional o geográfica, o a la modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Con base en el poder de variación, el empresario podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, por ejemplo: aumento o reducción de jornada; cambios de horario, trabajo por turnos, etc.

· Poder disciplinario: Es la facultad del empresario para vigilar y controlar la ejecución del trabajo y el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones, así como la facultad de imponer sanciones en caso de incumplimiento de sus deberes, por ejemplo: amonestación por escrito, suspensión de empleo y sueldo, pérdida de categoría profesional, etc.

Deberes del empresario

Delimitados los principales derechos del empresario nos ocuparemos de sus principales obligaciones o deberes:

· Pago del salario: Se podría decir que es la principal obligación del empresario, la de abonar la contraprestación económica acordada, esto es, el salario y/o retribuciones en especie.
· Deberes profesionales: En esta categoría se encuadra la igualdad de trato y no discriminación; la promoción profesional y el respeto a la categoría profesional.
· Deberes morales: Se refiere al respeto a la intimidad y a la dignidad del trabajador.
· Deberes físicos: Son los relativos a la seguridad e higiene en el trabajo.

1 comentario:

  1. Es útil la información, y me sirve para el proyecto de la uni

    ResponderEliminar